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ARTÍCULO 18. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES.

1. Deberes sobre asistencia y cumplimiento.

a. Cumplir a cabalidad con el horario de la jornada escolar que determine la rectoría al inicio
del año escolar de acuerdo a lo estipulado en el Decreto 1850 de 2002.
b. Cumplir estrictamente los horarios de descanso y de los períodos de clase.
c. Asistir puntualmente a cada una de las clases, actos de comunidad, culturales,
deportivos, celebraciones, grados y cumplir a cabalidad con las exigencias del trabajo.
d. Participar en todas las actividades curriculares y complementarias del colegio, incluidas
las de elección de sus representantes ante los órganos directivos y estamentos de
democratización escolar.
e. Presentarse ante los Docentes y/o Directivos del colegio cuando sea requerido,
solicitando los permisos del caso para cumplir las citaciones correspondientes.
f. Permanecer dentro del aula en los cambios de clase y durante el desarrollo de las
mismas, salvo en casos especiales, como actividades fuera del aula, dirigidos y
acompañados por una o un docente.
g. Para ausentarse del aula o de clase debe obtener permiso escrito del Docente presente
o de Coordinación.
h. Comprar en la tienda escolar alimentos y bebidas sólo en las horas de descanso y al
finalizar la clase de Educación Física con autorización de la o el docente.
i. Cumplir a cabalidad con todos sus deberes para poder exigir sus derechos.

j. Respetar y cumplir las normas, rutas y protocolos descritos en el Manual de Convivencia.

2. Deberes sobre presentación personal.

a. Todo estudiante está comprometida y comprometido a mantener una buena higiene
personal: cepillarse los dientes, bañarse diariamente, usar el uniforme debidamente
limpio y ordenado, usar elementos de aseo preventivo como: desodorante, talcos,
toallas higiénicas, entre otros.
b. Los niños y adolescentes usar corte de cabello clásico formal.



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