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ARTÍCULO 21. FUNCIONES DEL RECTOR

Además de las establecidas en la Resolución 13342 de 1982, Decreto 1860 de 1994, Ley 715
de 2001, Ley 734 de 2002, Decreto 1850 de 2002, y Decreto 4791 de 2008, le 1620 y decreto
1965 de 2013:

1. Dirigir y/o coordinar el desarrollo permanente del Proyecto Educativo Institucional.
2. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación
Nacional, Secretaría de Educación Municipal, Consejo Directivo, Consejo Académico, del
manual de convivencia institucional de acuerdo con la función específica de su cargo.
3. Orientar al personal docente, directivo docente, administrativo y de servicios generales
en el ejercicio de sus funciones.
4. Fomentar la comunicación entre los diferentes estamentos al interior de la institución,
así como con las autoridades educativas, instituciones patrocinadoras y organizaciones
no gubernamentales, con la intención de facilitar el logro de los objetivos propuestos.
5. Constituir el Consejo de Padres de Familia.
6. Promover la organización voluntaria de la Asociación de Padres de Familia.
7. Gestionar la consecución de recursos necesarios manteniendo las condiciones para el
normal desarrollo de las actividades académicas y buen funcionamiento de la institución
educativa en general.

ARTÍCULO 22. FUNCIONES DE LOS COORDINADORES

Además de las funciones establecidas en la Resolución 13342 de 1982, el coordinador
académico y de disciplina cumplirá con las siguientes actividades:

1. Observar el debido cumplimiento de los deberes y funciones del personal docente a su
cargo.
2. Orientar al personal administrativo y de servicios generales en el ejercicio de sus
funciones.
3. Acompañar y asesorar al personal docente en la parte académica y de convivencia
escolar, velando por el buen desarrollo de estos aspectos.
4. Orientar el desarrollo de las diferentes actividades de la institución.
5. A solicitud del rector presidir las reuniones de las comisiones de evaluación y de Consejo
Académico.
6. Atender a docentes, estudiantes y padres de familia cuando la situación lo requiera.
7. Controlar con los profesores de turno de disciplina el debido ingreso de estudiantes al
colegio, porte adecuado de uniformes, la debida presentación personal, el uso de
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