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atuendos y objetos no permitidos dentro de la institución, al igual que el uso de
maquillaje en las estudiantes.
8. Coordinar el desarrollo permanente del Proyecto Educativo Institucional.
9. Conocer y difundir el Manual de Convivencia entre toda la comunidad educativa.
10. Al inicio del año escolar recibir y revisar la elaboración de proyectos pedagógicos, de
comités y demás documentos a cargo de cuerpo docente.
11. Solicitar a los docentes cuando la situación lo requiera, la presentación de los libros
reglamentarios establecidos institucionalmente.
12. Revisar periódicamente las planillas de informes académicos elaboradas para los
docentes de cada área o asignatura.
13. Velar por el debido cumplimiento de la jornada escolar de docentes y estudiantes.
14. Propiciar el diálogo cordial y respetuoso entre los miembros de la comunidad educativa
y proponer alternativas de conciliación ante los conflictos que puedan surgir.
ARTÍCULO 23. FUNCIONES DEL ORIENTADOR ESCOLAR
Artículo 2.3.3.1.6.5 del Decreto 1075 de 2015: "En todos los establecimientos educativos se
prestará un servicio de orientación estudiantil que tendrá como objetivo general el de
contribuir al pleno desarrollo de la personalidad de los educandos.
Las actividades que realiza el orientador escolar en la Institución Educativa Antonio Nariño
se agrupan en tres grandes componentes: COORDINAR, ASESORAR Y ORIENTAR.
1. COORDINAR
a. Organizar, liderar y dinamizar los proyectos PESCC, Escuela de familia y Proyecto de vida.
b. Realizar la Expo feria anual de universidades dirigida a los estudiantes de los grados 9º,
10º y 11º.
c. Integrar y apoyar el Comité Escolar de Convivencia y el Comité de Resolución de
Conflictos.
d. Liderar la autoevaluación, el Plan de Mejoramiento y el seguimiento al mismo, en el
componente de la comunidad.
e. Coordinar los procesos de disminución y prevención de riesgos psicosociales.