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e. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité
escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité
municipal de convivencia escolar de Villavicencio.
f. Los protocolos anteriormente establecidos aplican solo a situaciones que afectan la
convivencia escolar y los DDHH y DHSR en los cuales necesariamente una de las partes
es un o una estudiante.































CAPÍTULO VI: DEL PROCESO FALTA A LA NORMA Y CONVIVENCIA DE LOS ESTUDIANTES.

ARTÍCULO 33: DE LOS PRINCIPIOS

Serán principios rectores de la falta a la norma, aplicados a los estudiantes de la I.E.A.N., el
debido proceso establecido en el manual de convivencia, la presunción de inocencia, la
doble instancia, igualdad, imparcialidad, defensa y contradicción.
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