Page 12 - Sistema Institucional de Evaluación Escolar
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Continuación Acuerdo Nº 01 de enero de 2019
10.2.4 Promoción anticipada de grado.
Por resolución rectorial, el estudiante que al finalizar el primer periodo académico obtenga valoración en el
nivel de desempeño superior en todas las áreas y/o asignaturas tendrá derecho a este beneficio y se
promocionará al grado siguiente previa autorización del padre de familia.
10.2.5 Graduación de bachilleres. El estudiante de grado Undécimo de la Institución Educativa Antonio Nariño,
obtendrá el título de Bachiller Académico una vez cumpla con todos y cada uno de los siguientes requisitos:
• Haber sido promovido del Grado Undécimo (11º) teniendo en cuenta los parámetros establecido en el
presente acuerdo.
• Tener los certificados de estudio debidamente legalizados de los grados cursados en otras Instituciones en
la carpeta personal que debe reposar en la oficina de registro y control, incluido el grado quinto.
• Tener los documentos de identidad actualizados.
• Haber cumplido con el total de las horas de Servicio Social.
• Estar a Paz y Salvo por todo concepto con la Institución Educativa.
PARÁGRAFO: Como estímulo al esfuerzo, entrega y dedicación se graduarán en ceremonia especial al finalizar el
año lectivo, los estudiantes que hayan sido promovidos habiendo superado todas las áreas y/o asignaturas
correspondientes al grado Undécimo.
10.2.6 Reprobación de Áreas y/o Asignaturas. Los estudiantes tendrán la evaluación de Desempeño Bajo
cuando al finalizar el año escolar no alcancen como mínimo 65% de los desempeños previstos para las áreas
y/o asignaturas, caso en el cual se considera reprobada dicha área y/o asignatura.
Si son DOS (2) áreas y/o asignaturas de Desempeño Bajo, se considera reprobado el grado el cual deberá
repetirse. El cupo para la repitencia estará sujeto al comportamiento disciplinario en la Institución.
10.2.7 Reprobación de los Educandos.
• El estudiante de los grados Primero (1º) y Segundo (2º) que al finalizar el año lectivo obtenga valoración de
DESEMPEÑO BAJO en la asignatura de Lengua Castellana, se considera reprobado el grado y deberá
matricularse a repetirlo. Igualmente si al finalizar el año lectivo obtiene valoración de DESEMPEÑO BAJO
en DOS (2) o más áreas se considera reprobado el grado y debe matricularse a repetirlo.
• El estudiante de los grados Tercero (3º) a Undécimo (11º) que al finalizar el año lectivo obtenga valoración
de DESEMPEÑO BAJO en dos (2) o más áreas y/o asignaturas se considera reprobado el grado y deberá
matricularse a repetirlo , siempre y cuando no esté asociado con faltas de mal comportamiento.

